Con el Real Decreto 875/2014 la legislación ha cambiado. Dependiendo la potencia de la moto náutica, los títulos se dividen de la siguiente forma:
- Título de Patrón de Moto Náutica A: Permite manejar motos náuticas con potencia igual o superior a 110 C.V.
- Título de Patrón de Moto Náutica B: Permite manejar motos náuticas con potencia mayor o igual a 55 C.V. e inferior a 110 C.V.
- Título de Patrón de Moto Náutica C: Permite manejar motos náuticas con potencia inferior a 55 C.V.
Título de Patrón de Moto Náutica
Para conseguir el título de patrón de Moto Náutica, se necesita cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser mayor de edad (18 años) o tener 16 años y el consentimiento del padre o tutor.
- Superar el examen teórico.
- Aprobar las pruebas prácticas.
Gracias a la posibilidad de la matriculación exprés, se puede realizar los trámites por internet. Sólo tienes que descargar el impreso 790 código 077, seleccionar la opción “Sin Certificado” y realizar el pago. Si dispone de certificado digital, puede realizar el pago accediendo al siguiente enlace: “Tasas con Certificado Digital” y cliqueando sobre la opción “Con Certificado”.
Solicitud del Título
Para solicitar el título, debe presentar en la Administración la tarjeta acreditativa de un título náutico de recreo. Puedes ver toda la información en la siguiente web: “obtener solicitud de título náutico“.
Más información:
Tasas 2015 – 2016
Las Tasas de los exámenes teóricos para los años 2015 – 2016 son las siguientes:
- Patrón Moto Náutica: 52 €
- Patrón de Navegación Básica: 52€
- Patrón de Embarcaciones de Recreo: 52€
Las tasas de la expedición de título es de 46,50€ y las de renovación de título de 34,75€. (Precios año 2015)